
Cada septiembre, los docentes nos enfrentamos al reto de preparar las programaciones didácticas que adaptan el currículo oficial a la realidad de cada centro y su alumnado. Un proceso similar al que experimentan los opositores cuando preparan la segunda prueba de la fase de oposición.
En este punto, surge un debate recurrente: ¿cómo debemos llamar a la distribución temporal de los elementos curriculares? Dependiendo del contexto, se puede hablar de unidades didácticas, unidades formativas o situaciones de aprendizaje. Algunas administraciones educativas, como la Comunidad Valenciana, establecen apartados específicos para las programaciones didácticas. Sin embargo, esto no garantiza que el uso de los términos sea siempre adecuado.
Si acudimos al diccionario de la Real Academia Española (RAE), descubrimos que ni «temporalización» ni «temporización» están recogidas. El verbo «temporalizar» se define como convertir lo eterno en temporal, lo cual tiene poco que ver con su aplicación pedagógica. En cuanto a «temporizar», su acepción principal se refiere a regular el tiempo en un mecanismo, y sus otras acepciones tampoco se ajustan al uso que los docentes le damos.
Entonces, ¿cómo debemos referirnos a este proceso de distribución temporal en el ámbito educativo? Aunque en 2018 un tuit del perfil oficial de la RAE (@RAEinforma) reconocía el uso de estos términos en ciertos contextos, lo cierto es que no forman parte del diccionario.

Por lo tanto, salvo que la normativa específica los incluya, mi recomendación es emplear una expresión más clara y precisa, como «distribución temporal de...».
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