
La evaluación es un término complejo cuyas definiciones están influenciadas por la orientación que el profesorado le dé a la misma. Así pues, podemos entender la evaluación como medio para calificar al alumno para la obtención de una nota, la evaluación del aprendizaje para medir el alcance de los objetivos educativos conseguidos por el alumno, la evaluación para el aprendizaje como medio de promoción de la competencia de aprender a aprender, la evaluación continua y la evaluación formativa, entre tantos otros.
En lo que no existe discusión es que el docente es el que tiene, en exclusiva, atribuida la función de evaluar el proceso de aprendizaje del alumnado como se recoge en el artículo 91, apartado b, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, sin perjuicio de las funciones y atribuciones de los Inspectores de Educación en lo que se refiere a la evaluación del conjunto del sistema educativo español.
Más allá de la interesante discusión terminológica, con la evaluación surgen el procedimiento y el instrumento de evaluación que, en la normativa autonómica suelen aparecer de manera diferenciada y que el profesorado debe contemplar en las programaciones docentes correspondientes, lo que tiene su reflejo en el diseño de la programación didáctica, la unidad didáctica o situación de aprendizaje que el opositor tiene que elaborar para superar la segunda prueba de la fase de oposición.
El diccionario de la Real Academia Española de la Lengua define procedimiento, en su segunda acepción, como método de ejecutar algunas cosas, mientras que el instrumento, también en su segunda acepción, se define como cosa o persona de que alguien se sirve para hacer algo o conseguir un fin.
Si trasladamos estas definiciones al ámbito de la evaluación del alumnado tenemos que el procedimiento representa el método o estrategia a través del cual se lleva a cabo la evaluación, mientras que el instrumento es la herramienta que permite llevar a cabo la evaluación. Aunque puedan parecer sinónimos y, de hecho, algunos autores así lo consideran, no son lo mismo.
El procedimiento y el instrumento dan respuesta al «cómo evaluar», pero guardan una relación jerárquica en donde el procedimiento se encuentra en un nivel superior respecto al instrumento.
El procedimiento de evaluación se reduce, en la práctica, a los dos métodos de los que dispone el profesorado para llevar a cabo la evaluación: la observación y la experimentación. En el primer caso, el docente se limita a utilizar la vista para observar la conducta del alumno, bien sea en el ámbito cognitivo, procedimental (habilidades, capacidades y destrezas) o socioafectivo, mientras que en el segundo caso el docente se basa en crear escenarios para la evaluación que permitan comprobar el grado de adquisición de todo tipo de aprendizaje, escenarios que son similares para todo el alumnado.
El instrumento es la herramienta que está al servicio del procedimiento, de tal modo que, para los procedimientos de evaluación basados en la observación tenemos, entre otros, las herramientas de las listas de control, las escalas de observación, las escalas de calificación y el registro anecdótico. Sin embargo, si nos referimos a los procedimientos de experimentación los instrumentos son pruebas estandarizadas que permiten al profesorado obtener evidencias sobre el aprendizaje adquirido por el alumnado y que se suelen concretar en pruebas orales, trabajos de investigación, cuadernos de clase, producciones del alumnado en diversos formatos, los ejercicios diarios de clase o las pruebas específicas de habilidad o destreza en determinadas disciplinas educativas.
En resumen, el procedimiento y el instrumento de evaluación no son lo mismo, aunque ambos dan respuesta al «cómo evaluar» y estén directamente relacionados porque a cada instrumento de evaluación le corresponde un procedimiento de evaluación o, en otras palabras, a cada herramienta de evaluación (el instrumento) se le aplica un método para obtener la información (el procedimiento).
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