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Lo que importa de la exposición oral

24 de junio de 2024

Siempre hay que tener presente la finalidad de esta prueba que, conforme se establece en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley y en las correspondientes convocatorias de oposiciones de ingreso a los distintos cuerpos docentes, es la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente.

A partir de aquí, las propias convocatorias concretan los elementos mínimos que la programación o unidad didáctica, en su caso, debe contemplar, siendo en los criterios de valoración aplicables por el tribunal donde se suelen detallar las dimensiones y, en su caso, los indicadores de logro sobre los que versará la calificación de esta prueba. En cualquier caso, respecto a esto existe variabilidad en la presentación de los mismos según la comunidad autónoma por la que se oposita.

No obstante lo anterior, solemos estar ante la prueba de la oposición en donde las calificaciones suelen ser más altas y redondas, pues, si se comprueban los resultados de oposiciones anteriores, se observa que predominan calificaciones de 10 puntos y de números enteros lo que quiere decir que no suele existir divergencia entre las valoraciones emitidas por cada miembro del tribunal o, en otras palabras, que hay otros aspectos que parecen influir en la aplicación de los criterios de valoración, pero ¿cuáles?

Basándonos en la experiencia acumulada tras casi veinte años en la preparación de oposiciones, podemos aventurarnos a señalar que los aspectos a tener en cuenta son los siguientes:

  • Realizar una exposición ajustada al tiempo disponible en la que siempre se va a finalizar dentro de los tres últimos minutos. Es decir, si la prueba tiene una duración estimada de 45 minutos, se finaliza a partir del minuto 42.
  • Construir una exposición racional en donde exista un buen inicio para captar la atención del tribunal, bien preparado; una presentación de los apartados que se van a seguir en la exposición, los cuales deben estar ajustados a lo que recoge la convocatoria de oposición y la normativa de aplicación, así como a su verificación por parte del instrumento de evaluación que va a utilizar el tribunal; un desarrollo profundizando en lo esencial y un final que permita cerrar el círculo de la exposición realizada en donde se genere un alto impacto emocional en el tribunal.
  • Utilizar racionalmente el material de apoyo, si lo permite la convocatoria, pues no se trata de parecer un vendedor que muestra todos los productos para que se vea todo lo que se es capaz de crear. Hay que priorizar, teniendo en cuenta qué puede resultar útil para el tribunal de cara a la práctica docente, pues ¿es lo mismo mostrar un mapa conceptual de relaciones entre los elementos curriculares que una ficha curricular impresa para utilizar en el aula con el alumnado?
  • Equilibrio entre los apartados de la programación o unidad didáctica. Suele ser frecuente que el aspirante piense que una de las partes más importante es la legislativa y aquí nos podemos extender todo lo que queramos como si de unas oposiciones de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación se tratase, pero no, no es así. Por supuesto que se debe invocar la normativa, pues suele ser uno de los criterios de valoración que el tribunal tiene en cuenta, pero de forma genérica porque la esencia real de esta prueba se encuentra, principalmente, en la metodología, la secuencia didáctica de las actividades de aprendizaje propuestas para la consecución de los objetivos establecidos en la programación o unidad didáctica, la organización de los recursos didácticos y agrupamiento del alumnado, la evaluación del aprendizaje del alumnado en consonancia con la situación de aprendizaje planteada, incluyendo los criterios de calificación y la atención a la diversidad ofreciendo una variedad de respuestas según las necesidades del grupo de alumnos al que se dirige el documento presentado ante el tribunal. A partir de ahí, claro que hay cosas importantes que debemos citar, pero, en esencia, esos son las partes determinantes de esta prueba.

  • El perfil de actuación docente. No es algo que se suela incorporar como criterio de valoración propio, pero es lo que guarda más relación con la finalidad de esta prueba de la oposición conforme citaba al inicio de este artículo y para ello, un buen recurso, es explicar ante el tribunal cómo sería una sesión ordinaria de trabajo, donde se muestren las rutinas propias de clase antes, al inicio de la sesión con el alumnado, su desarrollo, la síntesis y el trabajo posterior. Sin duda, esta es la parte que más aproxima al tribunal al perfil de actuación docente del opositor en el aula, pues ya será en la fase de prácticas donde esta se verá, bien por el tutor o, en su caso, por el Inspector de Educación responsable de la valoración de esta fase de la oposición.

Hay opositores que piensan que la parte del debate es la más determinante y, sin embargo, la realidad nos demuestra que esta parte suele ser la que utiliza el tribunal para puntualizar aquellos aspectos de la exposición que no han quedado del todo claro y, generalmente, con la intención de permitir que el aspirante pueda mejorar su calificación en esta prueba. Sobre todo, esto suele ser así cuando el debate no tiene una calificación propia conforme a los criterios publicados por el tribunal.

Hasta aquí todo lo que se refiere al contenido de la exposición que, si no va acompañada de una buena puesta en acción, será de poca utilidad.

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